Coberturas Básicas
Coberturas Opcionales
Exclusiones
Lógicamente para poder ofrecer un seguro que sea competitivo tenemos que incluir algunas exclusiones
Exclusión por tipo de alquiler y/o arrendatario
- Alquiler Temporada
- Períodos de alquiler inferior a 9 meses
- Alquileres para ejecutivos donde el arrendatario es la empresa empleadora
- Alquileres a personal diplomático y/o consular
- Viviendas compartidas o subarrendadas
Por importe del alquiler
- No se podrá contratar este seguro si se superan los límites establecidos en cada provincia. Consúltanos.
Por tipo de vivienda
- Viviendas con superficie inferior a 25 m2 construidos
- Viviendas que no cuenten con suministros
- Viviendas en edificios en ruina
- Viviendas con materiales combustibles en más del 25%
- Viviendas de más de 50 años reformar
- Viviendas prefabricadas
- Viviendas situadas fuera del territorio español
- Viviendas en edificios en construcción
- Viviendas en las que se realicen actividades industriales o comerciales
Por ingresos del arrendatario
- El importe del alquiler no podrá superar el cuarenta por ciento de los ingresos netos anuales del arrendatario
- El arrendatario deberá contar con al menos un año de antigüedad en la empresa, si no tiene contrato indefinido
- Si el arrendatario es estudiante no podrá contratarse el seguro
- El arrendatario deberá justificar sus ingresos si no tiene contrato laboral
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